sábado, 15 de marzo de 2014

COMUNICADO


El SINDICATO NACIONAL ÚNICO DE LOS TRABAJADORES POR CONTRATO ADMINISTRATIVO DE SERVICIOS DEL SEGURO SOCIAL DEL PERÚ (ESSALUD SIN CAS), se dirige al Poder Ejecutivo, al Congreso de la República, a la Presidencia Ejecutiva de ESSALUD, a todos los trabajadores profesionales y no profesionales de la salud y a la opinión pública en general para denunciar lo siguiente:

1. El establecimiento del régimen laboral CAS – Contrato Administrativo de Servicios (DL 1057) en ESSALUD constituyó una violación de los derechos de los trabajadores que habían sido conquistados luego de arduas jornadas de luchas durante varios años y desconoce toda una serie de convenios internacionales en materia laboral, además de violar las leyes especiales que rigen a los profesionales de la salud (en el caso de los médicos, el Decreto Legislativo Nº 559 - Ley de Trabajo Médico y su Reglamento - Decreto Supremo Nº 024-2001-SA). Asimismo, este régimen laboral constituye un sistema oprobioso y discriminatorio, agraviante para los trabajadores profesionales y no profesionales del sector salud, y está ajeno a los principios de igualdad de trato contenidos en el Artículo 2º de la Constitución Política del Perú.

2. El Poder Ejecutivo, a través de la delegación de facultades, ha tenido la oportunidad de regular una política de empleo y remuneraciones para todos los trabajadores profesionales y no profesionales que prestan servicios en los establecimientos asistenciales del Sector Salud. Sin embargo, lo que ha hecho es profundizar la crisis de desigualdad de trato y la discriminación en contra de los trabajadores contratados CAS, que por casi cinco años se mantienen en tal condición, sin ser tomados en cuenta ni siquiera en la convocatoria P.S. 001-PVA-SCENT-2014, del 7 de marzo del presente, para provisión de “más de 330” plazas de médicos en planilla y CAP, en el régimen del Decreto Legislativo 728.

3. Siendo que el Seguro Social del Perú no desarrolla actividad empresarial conforme está expresamente reconocido en el Decreto Supremo Nº 334-2013-EF, ha sido indebidamente comprendido en las normas de austeridad del gasto en las entidades que forman parte del FONAFE. Lo lamentable es que en dicha norma se prohíbe la contratación de nuevo personal, salvo las excepciones expresamente señaladas, pero se autoriza a seguir contratando por CAS; es decir, a mantener la discriminación laboral en contra de los trabajadores que por varios años se encuentran laborando bajo esta última modalidad, con beneficios y derechos disminuidos en relación con los contratados bajo el régimen del D.L. 728.

POR ELLO:

1. Demandamos al Poder Ejecutivo y a ESSALUD a incorporar a todos los trabajadores profesionales y no profesionales contratados por CAS - Contrato Administrativo de Servicios al régimen del Decreto Legislativo 728, en el más breve plazo, sin nuevo concurso y respetando sus años de servicio en ESSALUD, habida cuenta de que no se trata de nuevos ingresos y, por lo tanto, no se encuentran comprendidos en lo dispuesto en las normas de austeridad materia del Decreto Supremo 334-2013-EF.

Lima, 14 de marzo de 2014

Dr. Pablo Joel Pino Lozano
Secretario General

Dr. Marco Antonio Miranda Castillo
Secretario de Organización

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